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𝐏𝐄𝐃𝐑𝐎 𝐂𝐀𝐒𝐓𝐈𝐋𝐋𝐎: 𝐓𝐑𝐈𝐁𝐔𝐍𝐀𝐋 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐓𝐈𝐓𝐔𝐂𝐈𝐎𝐍𝐀𝐋 𝐃𝐄𝐂𝐋𝐀𝐑𝐀 𝐈𝐌𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐃𝐄𝐍𝐓𝐄 𝐃𝐄𝐌𝐀𝐍𝐃𝐀 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐑𝐀 𝐒𝐔 𝐕𝐀𝐂𝐀𝐍𝐂𝐈𝐀 𝐘 𝐏𝐑𝐈𝐒𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒 𝐏𝐑𝐄𝐕𝐄𝐍𝐓𝐈𝐕𝐀𝐒

𝐑𝐞𝐜𝐮𝐫𝐬𝐨 𝐡𝐚𝐛𝐢́𝐚 𝐬𝐢𝐝𝐨 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝐈𝐫𝐦𝐚 𝐂𝐚𝐬𝐭𝐢𝐥𝐥𝐨, 𝐡𝐞𝐫𝐦𝐚𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐥 𝐞𝐱𝐦𝐚𝐧𝐝𝐚𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨. 𝐄𝐥 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐬𝐞𝐬𝐭𝐢𝐦𝐨́ 𝐥𝐨𝐬 𝐚𝐫𝐠𝐮𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚 𝐥𝐚 𝐝𝐞𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐂𝐚𝐬𝐭𝐢𝐥𝐥𝐨 𝐓𝐞𝐫𝐫𝐨𝐧𝐞𝐬.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente una demanda presentada a favor del expresidente Pedro Castillo (2021-2022) por su hermana Irma Castillo contra su vacancia aprobada por el Congreso y las dos prisiones preventivas dictadas por el Poder Judicial por los delitos de rebelión y organización criminal.

En su resolución, el tribunal señaló que la actuación del Congreso en el proceso de vacancia contra Castillo Terrones ya fue evaluado en un expediente anterior, en el cual se indicó que “tales cuestionamientos no resultan atentatorios a los derechos fundamentales” del exmandatario. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Así las cosas, esta Sala del Tribunal Constitucional entiende que, independientemente de que en los términos en que la demanda ha sido promovida ambos cuestionamientos no afectan, de modo directo, el contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la libertad individual, también resultan improcedentes, por las consideraciones antes esbozadas”, subrayó. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Sobre las dos prisiones preventivas, el TC señaló que la demandante se limita a plantear, de manera genérica, cuestionamientos a lo decidido por la judicatura penal ordinaria y no hace mención a algún vicio o déficit de motivación. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Recalcó que si se cumplieron o no los presupuestos para las prisiones preventivas, es una discusión que no tiene naturaleza ‘iusfundamental’ y que si dicha decisión es correcta o no, esa es una discusión que no puede ser trasladada a la sede constitucional.

“Consecuentemente, esta Sala del Tribunal Constitucional entiende que este extremo de la demanda también resulta improcedente, en aplicación de la causal de improcedencia prevista en el numeral 1 del artículo 7 del Nuevo Código Procesal Constitucional, porque lo argumentado no encuentra sustento constitucional directo en el contenido constitucionalmente protegido de ningún derecho fundamental”, acotó. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

Cabe indicar que Pedro Castillo afronta un juicio oral por el golpe de Estado que perpetró el 7 de diciembre del 2022 y cumple dos mandatos de prisión preventiva en el penal Barbadillo de Ate.

Por el delito de rebelión, al exmandatario se le dictaron 18 meses de prisión preventiva. Una medida similar, de 36 meses, se le aprobó en la investigación que afronta por organización criminal agravada, tráfico de influencias agravado y colusión.

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