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𝐏𝐄𝐃𝐑𝐎 𝐂𝐀𝐒𝐓𝐈𝐋𝐋𝐎 𝐂𝐎𝐍𝐃𝐄𝐍𝐀𝐃𝐎 𝐀 𝟏𝟏 𝐀𝐍̃𝐎𝐒 𝐃𝐄 𝐏𝐑𝐈𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐏𝐎𝐑 𝐆𝐎𝐋𝐏𝐄 𝐃𝐄 𝐄𝐒𝐓𝐀𝐃𝐎: 𝐄𝐒𝐓𝐎 𝐃𝐄𝐅𝐈𝐍𝐈𝐎́ 𝐏𝐉 𝐄𝐍 𝐒𝐄𝐍𝐓𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀

𝐒𝐚𝐥𝐚 𝐏𝐞𝐧𝐚𝐥 𝐄𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐂𝐨𝐫𝐭𝐞 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐨́ 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐣𝐮𝐞𝐯𝐞𝐬 𝐫𝐞𝐬𝐩𝐨𝐧𝐬𝐚𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐩𝐞𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞𝐥 𝐞𝐱𝐩𝐫𝐞𝐬𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐧 𝐡𝐞𝐜𝐡𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐥 𝟕 𝐝𝐞 𝐝𝐢𝐜𝐢𝐞𝐦𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞 𝟐𝟎𝟐𝟐.

El expresidente Pedro Castillo Terrones escuchó este jueves 27 de noviembre de 2025 la sentencia pronunciada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, integrada por los jueces Norma Carbajal Chávez (ponente), José Neyra Flores y Iván Guerrero López. La lectura se inició a las 9 a.m.

En el comienzo de la audiencia, se notificó un último intento por parte de la defensa de Pedro Castillo con la intención de frenar la lectura del fallo.

«Solicito la nulidad absoluta e inhibición de oficio por vulneración del juez natural, parcialidad manifiesta e inobservancia del artículo 450 del Código Procesal Penal”, se leyó en la Corte.

Sin embargo, la jueza presidenta rechazó el pedido de inmediato, al precisar que “la etapa de debate ya concluyó” y que la Sala no volvería a abrir cuestiones procedimentales que habían quedado firmes.

Tras ello, magistrada Carbajal anunció que el tribunal declaró probado que Castillo cometió el delito de conspiración para rebelión y lo condenó a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva. En la misma resolución, la Sala impuso la inhabilitación de dos años. En tanto, lo absolvió del delito de abuso de autoridad.

El Ministerio Público, representado por el fiscal Edward Casaverde, de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, había solicitado 34 años de prisión por los presuntos delitos de rebelión (25 años), abuso de autoridad (3 años) y grave perturbación de la tranquilidad pública (6 años); en forma subsidiaria planteó 19 años y 30 días si el tribunal optaba por la figura de conspiración en lugar de rebelión.

Pedro Castillo permanecerá en Barbadillo

La Sala ordenó que la ejecución de la pena sea inmediata. Sin embargo, independientemente de esta decisión, Pedro Castillo no será trasladado a otro penal, porque ya cumple una prisión preventiva de 36 meses en el penal de Barbadillo.

Por tanto, continuará recluido en Ate, donde permanecerá mientras se ejecute la sentencia o hasta que otra resolución judicial modifique su situación.

¿Quiénes más fueron mencionados en lectura de sentencia?

La sentencia incluyó la situación procesal de los exministros y otros imputados vinculados a los hechos, entre ellos Betssy Chávez, Aníbal Torres y Willy Huerta.

El tribunal resolvió que, contra Chávez, se aplica la misma pena: 11 años, 5 meses y 15 días de cárcel, y su inhabilitación por dos años para el ejercicio del cargo público.

En el caso de Torres, por tener más de 80 años de edad, se reduce la sanción y aplicará 6 años y 6 meses. Respecto a Huerta, se ordenó también 11 años, 5 meses y 15 días de cárcel, y su inhabilitación por dos años.

Sobre estos dos últimos, Torres y Huerta, debido a que se apersonaron a las audiencias y no mostraron peligro de fuga, corresponderá la suspensión provisional de la pena efectiva.

Chávez, Torres, Huerta y el delito consumado
Respecto a la ex primera ministra Betssy Chávez, la Sala sostuvo que su comportamiento previo y posterior al mensaje del 7 de diciembre reveló una coordinación directa con Castillo.

El tribunal afirmó que, por la “actuación sospechosa y por sus acciones”, se acreditó que “Chávez Chino conocía el contenido del mensaje a la Nación previamente a la lectura”, lo que —según los magistrados— la ubica como una pieza clave en la ejecución del plan que derivó en la disolución inconstitucional del Congreso.

En el caso de Aníbal Torres Vásquez, la Sala concluyó que, en su condición de jefe del gabinete de asesores de la PCM, participó directamente en la redacción del mensaje a la Nación que contenía disposiciones contra el orden constitucional, lo que reforzó su aporte funcional al quiebre institucional.

El colegiado añadió que “tras la lectura del mensaje, Torres Vásquez abrazó al acusado Castillo Terrones”, un comportamiento que, según la resolución, evidencia su involucramiento consciente en la ejecución del anuncio golpista.

Con relación al exministro del Interior Willy Huerta, la judicatura señaló como elementó «acreditado» que, a través de su celular, «intermedió para la comunicación de Pedro Castillo con el comandante de la PNP Alfaro Alvarado» en donde le ordenó «que cierre el Congreso, no permita el ingreso de ninguna persona, se retire a los que están dentro y se intervenga a la fiscal de la Nación (Patricia Benavides)».

En su caso, se descartaron los alegatos de su defensa al también quedar corroborado que recibió un mensaje del propio expresidente convocándolo a Palacio. Su «ingreso fue preferente respecto a otros ministros», dando a entender que el ex alto funcionario actuó cono conocimiento de causa.

Argumentos del Poder Judicial
En la motivación, la jueza ponente sostuvo que se acreditó el plan concertado. El fallo citó testimonios, comunicaciones y actos administrativos que,, según el tribunal, construyen una planificación destinada a alterar el orden constitucional en diciembre de 2022.

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