𝐎́𝐫𝐠𝐚𝐧𝐨 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐨𝐥 𝐜𝐮𝐞𝐬𝐭𝐢𝐨𝐧𝐨́ 𝐝𝐞𝐟𝐢𝐜𝐢𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚𝐬 𝐭𝐞́𝐜𝐧𝐢𝐜𝐚𝐬 𝐞𝐧 𝐫𝐞𝐪𝐮𝐞𝐫𝐢𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐚𝐜𝐮𝐬𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐜𝐚𝐬𝐨 𝐂𝐨́𝐜𝐭𝐞𝐥𝐞𝐬.
La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público dispuso la suspensión provisional de José Domingo Pérez Gómez del cargo de fiscal provincial titular por un periodo de seis meses, como medida cautelar dentro de un procedimiento disciplinario.
La ANC sustentó su decisión en el carácter instrumental de la suspensión provisional dentro del proceso disciplinario.
El documento precisó que la medida cautelar “responde a la necesidad de garantizar el normal desarrollo de la causa”, así como de “impedir la obstaculización del procedimiento” y asegurar “la eficacia de la resolución que pudiera recaer”.
Bajo ese enfoque, la autoridad estableció que el apartamiento preventivo se ejecute de manera inmediata desde la notificación personal.
El órgano de control también fijó un criterio temporal para la medida. La resolución consideró “como plazo razonable” la aplicación de seis meses de apartamiento preventivo, periodo que se computa desde la comunicación formal al fiscal investigado.
Origen de la investigación disciplinaria
La investigación contra Domingo Pérez se inició tras la anulación del juicio oral en el denominado caso Cócteles, proceso que involucra a Keiko Fujimori.
Según la ANC, el requerimiento acusatorio presentado en ese expediente careció de una imputación debidamente sustentada en los planos fáctico, jurídico y probatorio, lo que motivó reiteradas observaciones judiciales.
El documento señaló que esa deficiencia técnica provocó que la acusación regresara en múltiples oportunidades para su corrección.
Finalmente, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional declaró la nulidad de oficio del auto de enjuiciamiento, decisión que marcó el punto de partida de la actuación disciplinaria del órgano de control.
Evaluación de la conducta funcional
La ANC concluyó que la actuación atribuida al fiscal comprometió los deberes inherentes al cargo.
En la resolución, la autoridad sostuvo que la conducta observada afectó “la recta impartición de justicia y el debido proceso”, principios que forman parte esencial del ejercicio de la función fiscal.
En ese marco, el órgano de control consideró que la suspensión provisional resulta necesaria para evitar la repetición de hechos de similar naturaleza o con efectos equivalentes, mientras se desarrolla el procedimiento disciplinario de fondo.
Decisión y efectos administrativos
La parte resolutiva del documento dejó constancia expresa de la medida adoptada.
“Aplicar la medida cautelar de apartamiento preventivo al abogado José Domingo Pérez Gómez, en el cargo de fiscal provincial titular, por el plazo de seis meses”, indicó el texto oficial emitido por la ANC del Ministerio Público.
La resolución precisó que, como consecuencia directa del apartamiento preventivo, el fiscal queda impedido de ejercer durante ese periodo las atribuciones propias de su condición, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Ministerio Público y las normas disciplinarias aplicables.
La ANC subrayó que la suspensión provisional no constituye una sanción definitiva. La autoridad explicó que la medida cautelar se adoptó para asegurar el desarrollo regular del procedimiento disciplinario y la eficacia de la decisión final que se emita al concluir la investigación.





